Deducción de Ganancias de las primas de seguro de vida

Con la firma del presidente Mauricio Macri, el Jefe de Gabinete de Ministros, Marcos Peña, y el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 59, que formaliza la decisión de elevar la deducción de Ganancias que pueden hacer los “tomadores y asegurados por:

1. Seguros para casos de muerte, y

2. Seguros mixtos -excepto los casos de seguro de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación-, en los cuales son deducibles tanto las primas que cubran el riesgo de muerte como las primas de ahorro; como así también, las sumas que se destinen a la adquisición de cuotapartes de fondos comunes de inversión que se constituyan con fines de retiro.

La deducción pasó de $966 por año en 2018 a $12.000 a partir de 2019. Se duplicará hacia 2021 y, desde esa fecha, se ajustará por la Unidad de Valor Tributaria (UVI).

La UVI no es más que la indexación anual por la variación del Índice de Precios al Consumidor, para que la actualización de la deducción de Ganancias no se deteriore en términos reales a partir de 2022.

Ver Decreto 59:  https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/200380/20190121